“Términos de referencia”
A lo largo de la segunda mitad del siglo XX la cooperación al desarrollo fue incrementando su actividad en el continente africano, y con actividad uno se refiere a todo el entramado económico que implica desde Organismos Internacionales, Agencias Estatales, Organizaciones No Gubernamentales y de parte y contraparte, empresas creadas ad hoc para la gestión de fondos, en fin todo los elementos necesarios para que circulen capitales y se financien servicios.
La gran mayoría de los fondos tienen su origen en presupuestos estatales, que por medio de subvenciones nutren de capital a los entes participantes en la gestión de los mismos, y cá tenemos que, al igual que el resto de países africanos, Guinea Bissau es un país receptor de ayudas para el desarrollo a través de esos entes y organizaciones.
No se pretende comentar el objetivo último de las mismas si no más bien reflejar que todo ese “mundo de la cooperación” ha creado su propio código de lenguaje en el que se mueven todos los elementos implicados y que permiten de alguna forma mantenerlo. No es este el lugar ni momento para un análisis pormenorizado pero si creo que conviene fijarnos en la expresión “Términos de referencia”, por lo que la misma implica en el empleo del lenguaje. Hasta donde llego ha entender, con esta expresión se trata de abarcar aquellos elementos que son objetivos de la subvención, y que relacionados con los que figuran en algún plan como objetivos, en base a expresiones como “igualdad de género”, “seguridad alimentaria”, … va permitir a los organismos susceptibles de percibir dicha subvención de participar en dicha convocatoria o no, al poder o no relacionar los términos que aparecen en la convocatoria de la subvención con los objetivos de un plan y con los objetivos y fines de la organización.
Lo que parece ocurrir es que se lleva a cabo un uso de términos lingüísticos sin referentes concretos, se emplean palabras, términos, dentro de un código del lenguaje, dentro del cual tienen sentido, pero sin preocuparnos de que sus referentes, como ser existentes deberían ser el significado real de esas expresiones. Los “términos de referencia” adquieren su significado por su uso dentro del código lingüístico de la cooperación para el desarrollo, y que como en otros muchos ámbitos se acaba convirtiendo en parte de discursos lingüísticos alejados de los referentes reales, pero que sirven para las interrelaciones de personas y entes a los que pertenecen. Se encuentra ese discurso más próximos al Wittgenstein de las “Investigaciones filosóficas” que al del “Tractatus logicus-philosoficus” o del Neopositivismo Lógico, de hace un siglo que buscaba siempre un referente para cada término y no unos términos para referirnos.
Por último, y de acuerdo con el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, nos encontramos, entre otras, con las siguientes definiciones de “término” que recogen los usos comentados:
(Del lat. termĭnus).
8. m. palabra ( segmento del discurso).
12. m. Elemento con el que se establece una relación. Término comparativo, de referencia.
25. m. pl. Condiciones con que se plantea un asunto o cuestión, o que se establecen en un contrato.
Bissau 28 de febrero de 2011
1 comentario:
¡Otra que a mi me encanta es CONTRAPARTE LOCAL !
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